A-La legislación comunitaria sobre el agua y el Tribunal de Justicia de la UE
1-La legislación comunitaria sobre el agua y el Tribunal de Justicia de la UE: una contribución clave
El voluntarismo, incluso el activismo del TJUE a favor de la construcción europea y de su proceso de integración jurídica sui generis es bien conocido. Varias sentencias muestran la determinación del TJUE de contribuir activamente "en el respeto del derecho en la interpretación y en la aplicación del derecho ambiental como las legislaciones sobre el agua". Como recuerda el antiguo Presidente del TJCE (1967-1976), Robert Lecourt "donde termina la precisión del texto, comienza el poder del juez (...) que no puede, sin negar la justicia, escudarse en la imprecisión de los tratados para negarse a declarar el derecho" .
La elección de una interpretación teleológica y sistémica de las disposiciones de las Directivas de aguas de la UE permite al Tribunal de Justicia garantizar una aplicación uniforme y "eficaz" , contrarrestando los intentos de los Estados miembros de socavar el pleno efecto práctico de las obligaciones de protección y mejora de la calidad de las masas de agua y del medio acuático
. De este modo, el Tribunal de Justicia, de acuerdo con su jurisprudencia reiterada, interpreta las disposiciones, que son objeto de interpretaciones divergentes entre los litigantes, a la luz del contexto, de la redacción, del esquema y de la finalidad, incluso del fondo
de las disposiciones.
Esta complejidad intrínseca de las legislaciones de la UE en materia de protección del agua (como toda la legislación de protección del medio ambiente) se refleja en la inclusión de numerosas nociones y parámetros técnico-científicos cuyas definiciones o metodologías son a veces imprecisas o están sujetas a controversias y conflictos de interpretación. Diferentes casos presentados ante el Tribunal de Justicia muestran estos problemas (por ejemplo, la noción de eutrofización). Este elevado nivel de tecnicismo extrajurídico justifica una formación mínima de los jueces, así como la movilización de expertos externos en caso necesario.
Más allá de estas complejas cuestiones, otros casos, citados en este módulo, ilustran el papel clave del Tribunal a la hora de aclarar conceptos, interpretar las obligaciones en el cumplimiento de un alto nivel de protección y aclarar los vínculos entre la legislación de aguas de la UE y otra legislación medioambiental. Asimismo, el Tribunal de Justicia rechaza sistemáticamente los argumentos de los Estados que alegan tener dificultades administrativas o financieras para cumplir las obligaciones de la UE. Varios casos aportan también elementos interesantes sobre las pruebas que la Comisión debe aportar al Tribunal a la hora de demostrar la existencia de un incumplimiento por parte de un Estado de sus obligaciones .
Dada la evidente complejidad de las directivas sobre el agua y su cierta imprecisión terminológica, la contribución del TJUE es, por tanto, esencial, incluso para los tribunales nacionales.