B-Aplicación de la legislación de aguas
3-LAS COMPETENCIAS SOBRE LAS AGUAS Y LAS OBRAS HIDRÁULICAS: LAS COMPETENCIAS DE LAS ENTIDADES LOCALES EN MATERIA DE OBRAS HIDRÁULICAS
También puede haber obras hidráulicas de competencia de las Entidades Locales. Se trata de infraestructuras del ciclo urbano del agua: abastecimiento, saneamiento y depuración de aguas residuales, pues éstos son los ámbitos en los que las entidades locales tienen competencias. En ese sentido las ETAP o las EDAR deben ser mencionadas como manifestación de esa competencia municipal.
La fuente normativa para afirmar esta competencia es la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que en sus artículos 25.2 l) y 26.1 a) regula las competencias de estas entidades sobre el abastecimiento, saneamiento y tratamiento de aguas residuales.
Estas competencias locales se traducen en la necesidad de construir y mantener distintos tipos de obras hidráulicas vinculadas al ciclo urbano del agua como son las plantas potabilizadoras o Estaciones de Tratamiento de Agua Potable (ETAP), redes de abastecimiento, redes de alcantarillado y Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales (EDAR).
También existe normativa autonómica que tanto en materia de aguas como en materia de servicios públicos se refiere a estas competencias locales sobre las infraestructuras mencionadas.